Los hechos controvertidos se limitan por este Juzgador a probar, si el arrendatario se encuentra en estado de insolvencia y ha dejado de pagar los cánones de arrendamiento señalados por el arrendador en el libelo de la demanda, y que encuadre dentro de los parámetros de la vigente Ley que regula la materia objeto del presente juicio.
Ahora bien a fin de que cada un de las partes demuestre la veracidad de los hechos invocados y fijados como puntos controvertidos, de conformidad con el artículo 112 de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, se declara abierto un lapso de 8 días de despacho para que las partes promuevan pruebas, sobre el merito de la causa