III
DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado PEDRO PABLO MONCADA BERBESI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 321.195, apoderado judicial de los ciudadanos IRAIZA JOSEFINA SÁNCHEZ DE RAVELO, GONZALO ENRIQUE RAVELO SÁNCHEZ, EDUARDO ENRIQUE RAVELO SÁNCHEZ y SOFIA RAVELO SÁNCHEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.211.293, V-18.391.810, V-20.123.645 y V-29.699.749, en su orden, el día 13 de enero de 2025, contra el auto de fecha 9 de enero de 2025, dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fech.....