Cumplidos con todos los requisitos ordenados por esta sala de juicio y vistos y analizados los recaudos cursantes en el expediente, esta Juez Unipersonal Nº 03 de la Sala de Juicio del Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana: GLADYS YOLIMAR ROA SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.332.956, actuando con el carácter de representante legal de sus hijos niña y adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), identificados con partida de nacimiento N° 125, de fecha 10 de septiembre de 2001, inserta por ante la Prefectura del Municipio José Maria Vargas y cedulas de identidad N° V- 19.778.235, V- 21.637.281, venda los derechos y acciones que le correspondan a sus hijos, sobre un lote de terreno propio con casa para habitación con techo de madera y tejas, paredes pisadas y bahar.....