PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención formulada por IRIS MARGOT MORENO BECERRA, titular de la cédula N° V-14626404, de este domicilio en favor de su hijo;
SEGUNDO: Se ordena al obligado FREDDY ANTONIO CONTRERAS MENDEZ, titular de la cedula No. V-8109187, con domicilio laboral en Lobatera, en su condición de padre de FREDDY JOSE CONTRERAS MORENO, a pagar a partir de la presente fecha, la suma de TRESCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 380,oo) mensuales o 5 unidades tributarias (UT), equivalente al 25,oo % del sueldo mínimo nacional y para los meses de Agosto y Diciembre la suma de SETECIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 760¬,oo), que cubran las erogaciones de dichas temporadas o 10 UT y 50 % del sueldo mínimo nacional, por concepto de Obligación de Manutención;
TERCERO: Ofíciese a POLITACHIRA, a los fines que descuente por nómina y depósito a cuenta bancaria, el monto de la Obligación de Manutención, aumentada en este dispositivo .....