IV
DISPOSITIVA
EN CONSECUENCIA, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA INCOADA por el Ciudadano Pedro Erasmo Moreno contra el Ciudadano Jesús Manuel Moreno, por LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA SOCIEDAD DE HECHO "ganado con negocio" o "negocio con ganado".
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese, déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal. Archívese el expediente una vez firme la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los seis días del mes de junio del año dos mil doce. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
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