EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano José Mauricio Arenales Castro, asistido por la abogada Anyela Soleil Gutiérrez Fernández, mediante escrito presentado el día veinticinco (25) de mayo de 2018 y conforme a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, al haber sido declarada sin lugar la recusación, deberá pagar multa por la suma de dos bolívares (Bs. 2,00). El término de tres (03) días establecido en la ley para su cancelación comenzará a correr una vez ese tribunal expida la planilla especial para ser cancelada ante la Oficina Receptora de Fondos Nacionales. Igualmente, en ese lapso se acreditará el pago mediante la consignación en el expediente del comprobante correspondiente. (TSJ Sala Constitucional, sentencia N° 684, Expedi.....