este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud del penado AVILA DARMKS EDUARDO, quien es venezolano, mayor de edad, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, titular de la Cédu-la de Identidad Nro. V- 8.277.748, de 35 años de edad, comerciante, soltero, domiciliado en la calle Principal casa sin número, de la Urbanización último milenio, del Estado Anzoátegui, y por las razones antes señaladas se considera que es procedente otorgar el Régimen Abierto a favor del referido penado y en consecuencia así se declara; Así las cosas, CONCEDE el beneficio de Régimen Abierto al referido penado, de conformidad con los artículos 479 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Cabe destacar que en virtud que el penado tiene residencia en la ciudad de Bar.....