es por lo que cumplidos los requisitos exigidos por la Ley, esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de quien en vida respondía al nombre de NORIS ZULEIMA ROJAS MÁRQUEZ, mayor de edad, T.S.U, en Alimentos, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.106.184, fallecida en fecha 25 de Abril 2.004, según consta en el acta de Defunción Nº 57; asentada ante el Prefecto del Municipio Ayacucho del Estado Táchira; a la niña:-, arriba identificada. Quedando a salvo los derechos de terceros, conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguese a los interesados originales de las actuaciones y déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal.
Para el trabajo fotostático se autoriza a la oficina de Alguacilazgo de esta Sala de Jui.....