Así se Declara.
Por las razones expuestas y como quiera que los ciudadanos Ender Alberto Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.085.059, residenciado en los Guamos carrera 004 casa N° 69 del Municipio Michelena Estado Táchira y Nelly Maritza Abreu Galviz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.994.245, residenciada en los Guamos calle 8 carrera 07 del Municipio Michelena Estado Táchira, acudieron por ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Michelena Estado Táchira y Responsable de la Defensoría "En Armonía con Mis Derechos", Registro DENNA-AD-008-2011, realizaron un convenimiento sobre la Obligación de Manutención, cumpliendo con todas las formalidades de la Ley, y vista la solicitud de homologación realizada por los mismos, este Tribunal HOMOLOGA, el convenimiento celebrado entre las partes.