Por lo razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el derecho que tiene el abogado TULIO ERNESTO LARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-,3.795.191, a cobrar al ciudadano ELIAS ROMERO ROSALES RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV- 9.129.479 HONORARIOS PROFESIONALES por actuaciones judiciales realizadas en la causa principal signada con el Nº 17.660.