En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Decreta la libertad inmediata del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Líbrese boleta de libertad a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA, antes identificado, dirigida al Cuartel de Prisiones del Instituto Autónomo Policía del Estado Táchira.
TERCERO: Deja sin efecto la orden de captura librada en fecha 11 de Agosto del 2.005, contra el adolescente para el momento del hecho ÁIDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA , identificado supra, conforme a lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niñ.....