este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA , Administrando Justicia con base a la potestad establecida en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO : SIN LUGAR la solicitud del demandante de decreto de MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble objeto de esta demanda constituido por un lote constituido por un lote de terreno propio y casa para habitación, ubicado frente a la calle 10, señalado con el Nº 5, Urbanización Andrés Bello, ciudad y Municipio Michelena del Estado Táchira, y pido se oficie al ciudadano Registrador del Municipio Michelena del Estado Táchira, el cual se encuentra dentro de estas medidas y linderos: NORTE: Con la calle 10, mide 18 metros; SUR: Predios que son o fueron de Julio Díaz Castro, mide 24 metros; ORIENTE: Con la carrera 1, mide 36 metros y OCCIDENTE: Con predios que son o fuer.....