Conforme con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho, jurisprudenciales y doctrinarios ya expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Demanda por Desalojo incoada por la ciudadana NELCY MARINA LOZADA ESTEVES, asistida por el abogado en ejercicio José Omar Sánchez Quiroz, en contra del ciudadano NELSON IGNACIO GARCIA BAEZ, representado en Juicio por los profesionales del derecho Omar Orlando Rodríguez Jaimes e Isbey Yadira Escalante de Rodríguez. Ambas partes suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Ordena a la Parte Demandada, ciudadano NELSON IGNACIO GARCIA BAEZ hacer entrega a la Demandante NELCY MARINA LOZADA ESTEVES, el inmueble constituido por un (01) apartamento, ubicad.....