Este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, supra-identificado, conforme al Decreto de Medida de Embargo Ejecutivo dictado por el Juzgado de la Causa, visto el ofrecimiento de pago realizado en este acto por el ciudadano DIXÓN ALEXANDER RODRÍGUEZ DURÁN, Parte Demandada, debidamente asistido por la Abogada CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES, y en virtud que el mismo fue aceptado por la ciudadana ANA JACKELINE RUIZ DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.145.441, domiciliada en el Municipio Independencia, Estado Táchira, Parte Demandante, debidamente representada por la Defensora Pública N° 7 en materia de Protección Integral de la Familia, de Niños, Niñas y Adolescentes, Abogada IRAIMA DEL VALLE MATOS, Parte Demandante, todos ya identificados, y siendo que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra en sus Artículos 253 y 258 los Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos como formando parte integrante del Sistema.....