Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 8, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Ordena la entrega directa del vehículo vehículo placas UAR 863; serial de carrocería 5C115FV208890; serial del motor 5FV208890; marca chevrolet; modelo chevette; año 85; color blanco; clase automóvil; tipo coupe; uso particular, al ciudadano Gerardo Alberto Caraballo Camargo, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.020.933 nacido en fecha 22-04-1953, residenciado en Edificio Iboa, apartamento 104, avenida Lucio Oquendo, San Cristóbal; todo de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Se acuerda el desglose de los documentos originales, dejando copia certificada de los mismos. Ofíciese al estacionamiento judicial El Japón C.A, ubicado en la carretera Vía Rub.....