Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos JOSÉ GUILLERMO CANTOR BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.739.218 y OMAIRA LAGUADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.141.375, en su condición de padres; como únicos y universales herederos del de cujus RICHARD LISANDER CANTOR LAGUADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.378.909.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-