En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CRISTIAN JEHOVAH PASTRAN TOLOZA, DANNY DUDLEY PASTRAN TOLOZA, WUENDY MAXIEL PASTRAN TOLOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-11.505.471, V-14.180.738, V-14.180.739; en su condición de Hijos de la causante MYRIAM XIOMARA TOLOZA, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.