PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora VICTOR JULIO SANCHEZ BUITRAGO, a través de su apoderado judicial, abogado JULIO TORRE RIVAS
SEGUNDO: SIN LUGAR, la adhesión a la apelación ejercida contra la decisión de fecha 08 de abril de 2008, del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por la abogada MARIA JUDITH ZAMBRANO BUSHEY.
TERCERO: SIN LUGAR LA OPOSICION interpuesta por MARIA JUDITH ZAMBRANO BUSHEY, a la medida de embargo ejecutivo decretada por el tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 08 de diciembre de 2006.
CUARTO: Declara la nulidad de todo lo actuado a partir del auto de fecha 08 de diciembre de 2006 inclusive, que decretó la medida de embargo ejecutivo cuestionada.
QUINTO: REPONE LA CAUSA al estado de que el Tribunal A quo, Juzgado Segundo de Primera In.....