Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JHONNY JOSE FRANCO DELGADO, Venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 15.464.405, de 28 años, fecha de nacimiento 24-12-1981, profesión u oficio Obrero, hijo de MARITZA DELGADO YJHONNY FRANCO, teléfono Nº 0261-7292740 residenciado en el sector el Transito, calle 95 A, con avenida 17, casa Nº 17-22, Municipio Maracaibo del Estado Zu.....