EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la república y por autoridad de la ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MARCOS DANIEL CORTES MEDINA, co-apoderado de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL EXPRESOS MERIDA C.A., en fecha 03 de junio de 2013, contra el auto dictado en fecha 30 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 30 de mayo de 2013. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte apelante, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido confirmado el auto apelado. Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.