Se recibió por distribución el libelo de demanda tramitado por el organismo que conoció inicialmente la causa. El Tribunal previa revisión la Admitió, notificó a la Fiscalía especializada en Instituciones Familiares y libró la citación de la parte demandada.Luego la pareja se reconcilió y la demandante desistió de la acción y del procedimiento por lo que se dictó sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva Homologando como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada el acto que motiva esta decisión.