PARTE DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho como de derecho, y sin sacar elementos de convicción fuera de ellos, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por el abogado NESTOR DARIO VELAZCO CHACON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.38.709 actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARINSE DEL CARMEN PETRO DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-8.103.172, y TITO GOMEZ ROJAS, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E.-81.915.653 parte demandante, al lindero provisional fijado por el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA en .....