Visto el ofrecimiento hecho por el Abogado JULIO CESAR SANDOVAL PEREZ, en su condición de apoderado judicial del Ciudadano: JHONNY MAURICIO PAEZ OSORIO, en fecha 29 de Noviembre de 2.007, la cual corre al folio 89, el cual fue aceptado por la ciudadana: ERIKA ALIXBETH MARTINEZ FERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad N° 14.776.205, en diligencia de fecha 17 de Diciembre de 2.007, la cual corre al folio 90, visto lo anterior este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se le de Fuerza Ejecutiva, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. Así mismo se acuerda oficiar al Director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Portuguesa Estado Portuguesa, a los fines de que se realicen los descuentos del aumento de obligación alimentaria acordado entre .....