este JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTOIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION la suma de SEISCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs.600,00), que serán depositados los primeros cinco días de cada mes, en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria Banfoandes.
SEGUNDO: En cuanto a los gastos de la época decembrina, el padre ciudadano FREDDY ORTEGA ALBARRACIN, se compromete a comprar los estrenos del día 24 de diciembre y la madre ciudadana NUBIA DAZA CHONA se compromete a comprar los estrenos del día 31 de diciembre. En cuanto al .....