"..."Informo al ciudadano Juez que desisto de la demanda por cuanto JORGE MORENO, cumple voluntaria mente con la demanda de Manutención. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman". (Folio 68).
En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO expresado por la parte demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copia certificada de la presente ..."