PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar la solicitud de AUMENTO de Obligación de Manutención, planteada por LUCINDA USECHE ESCALANTE, con cédula de identidad No. V-8099284 y de este domicilio, como Madre de KEYLA JOHANA CHACON USECHE, y al cargo de GUILLERMO CHACON CASTRO, con cédula de identidad N° V-5659199, domiciliado en Michelena, en su condición de Padre,
SEGUNDO: Ordenar a GUILLERMO CHACON CASTRO, preidentificado con la cedula de identidad N° V-5659199 en su condición de Padre, pagar mensualmente a partir de esta fecha MIL DOSCIENTOS Bolívares (Bs. 1.200,oo) equivalente a 36,69 % del sueldo mínimo nacional y 11,21 unidades tributarias, y MIL QUINIENTOS Bolívares (Bs. 1.500,oo) en julio y diciembre, por Obligación de manutención en favor de su hija, previo descuento y depósito,
TERCERO: Ajustar la mensualidad cuando varíen las necesidades de la hija y los ingresos del Padre, considerando el IPC del Banco Central