DECRETA la COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL del niño: (NOMBRE OMITIDO CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNA), venezolano, de 08 años de edad, con Partida de Nacimiento N° 08, de fecha 1 de marzo de 1999, expedida por la Prefectura de la Parroquia La Florida del Municipio Cárdenas del Estado Táchira hijo de: ROSA ELENA SÁNCHEZ MORA y JOSÉ NELSON ESCALANTE URBINA (fallecido), en el hogar de sus abuelos maternos, ciudadanos RAMÓN ENRIQUE ESCALANTE ZAMBRANO y GREGORIANA DEL CARMEN URBINA DE ESCALANTE, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad N° V.- 5.652.814 y V.- 6.694.883, domiciliados en San Rafael, Vía Cordero, Vereda 11 (final) "Los Piñuelos", casa S/N, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 358 ejusdem, tendrá la custodia, la asistencia material, la vigilancia y la orientación moral y educativa del guardado, así como la facultad de imponerle correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, y la representación en.....