este Tribunal HOMOLOGA los puntos acordados en la audiencia conciliatoria y le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 261 del Código de Procedimiento Civil, quedando en consecuencia firmes los siguientes puntos:
PRIMERO: Se aclara que el actual propietario del inmueble que ocupa el Ciudadano JESUS MARIA BERMUDEZ VARGAS, es el ciudadano BERNARDO LEAL JIMENEZ.
SEGUNDO: Se aclara que existe una deuda correspondiente a los meses de noviembre y diciembre 2006, enero y febrero 2007, la cual le queda exonerado de cumplir con lo acordado en el Acto Conciliatorio y de no ser así se le condona en caso de incumplimiento.
TERCERO: En fecha 23 de febrero del 2007, el ciudadano JESUS MARIA BERMUDEZ VARGAS, entregará completamente desocupado de personas y cosas el inmueble al actual propietario ciudadano BERNARDO LEAL JIMENEZ.
En consecuencia se suspende el archivo del expediente, hasta tanto conste en autos, que las partes dieron cumplimiento a lo convenido en el presente acue.....