"...este Tribunal Ejecutor de Medidas, supra-identificado, EMBARGA EJECUTIVAMENTE hasta cubrir la suma de SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 66.600,oo) que es el doble de la suma acordada por la sentencia, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los derechos y acciones que le corresponden al ciudadano RIGOBERTO ZAMBRANO COLMENARES en el inmueble debidamente señalado anteriormente y evaluado y justipreciado por el Perito en su Informe y decreta la desposesión jurídica del mismo, conforme lo establece el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil ..."