DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2022-000190, interpuesto en fecha dieciséis (16) de diciembre del año 2022, según –sello húmedo de alguacilazgo-, por el ciudadano Cesar Ovalles Villafañe -querellante-, asistido en este acto por el Abogado José Filemón Lázaro Quintero; contra la decisión dictada en fecha seis (06) de diciembre del año 2022, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
Acordando en consecuencia, resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 447 ibidem.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese cop.....