DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los ciudadanos FREDDY MORALES SANDIA Y NUBIA YAJAIRA SANCHEZ ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.189.061 y V-5.667.026, en su orden; en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, el día 09 de mayo de 1996, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, tal y como se desprende del acta de matrimonio N° 71.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.