Esta Juez 1° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Incumplimiento de la Obligación de Manutención incoada por la ciudadana: DORIS SOL VIVAS SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.164.871, y madre de la SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, de catorce (14) años de edad y de la joven SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE correspondiéndole la obligación de manutención en extensión a la joven antes mencionada, quien demostró el no sustentarse por si misma ya que padece de una Neurosis de conversió.....