"...en consecuencia quien aquí juzga y conforme ha sido la dinámica procesal en el presente juicio, declara la confesión ficta y en tal virtud este Juzgado declara legalmente reconocido el documento plenamente identificado en autos que riela al folio cuatro (04), según lo establecido en el Artículo 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil..."