este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos JOSE ROBERTO VARELA MENDEZ Y MARIA VISITACION HERNANDEZ DE VARELA, identificados anteriormente; en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado el veinticuatro de septiembre de un mil novecientos setenta por ante la Prefectura Civil del Municipio Santa Fé Distrito Sucre del Estado Sucre, según acta de matrimonio No. 17, conforme a lo previsto en el artículo 184, en concordancia con el contenido del artículo 185-A ambos del Código Civil.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.....