"...En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, niñas y Adolescentes. Asimismo, este juzgado acuerda: Notificar al ciudadano NESTOR JOSÉ CONTRERAS LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-19.036.920, residenciado en la Urb. Río Grita, vereda 02 casa Nro 08 y al Fiscal Especializado de Protección del Niños, niñas y Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal..."