Siendo las 11:40 a.m, la ciudadana Luliana del Mar Méndez, parte demandada en esta causa, hace formal entrega del inmueble de autos, dejándolo libre de personas y de bienes y trasladando sus propios bienes y enseres, a su cuenta y riesgo, realizándolo de manera voluntaria y pacífica a solicitud de este Tribunal, manifestando que solo queda dentro del inmueble material de desecho propiedad de la parte demandante y haciendo entrega en este mismo acto de las llaves que abren las puertas del inmueble a este Tribunal y este último a la parte demandante... (omisis)... Visto lo solicitado por la Apoderada Judicial de la parte actora, este Tribunal lo acuerda de conformidad, a tal efecto, suspéndase lo referente al embargo decretado y comisionado y mantengase la presente comisión en los archivos del Tribunal para el respectivo impulso procesal de la misma. Cumplida parcialmente como ha sido, se ordena que por Secretaría se dé lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se dé.....