PRIMERO: SIN LUGAR la impugnación de la cuantía o estimación de la demanda, opuesta por la parte demandada en su escrito de contestación a la demanda presentado en fecha 17 de marzo de 2015 (fls. 106 al 111).
SEGUNDO: INADMISIBLE en forma sobrevenida, la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA DE INMUEBLE intentado por la ciudadana TERESA DE JESÚS VARELA VIVAS, venezolana, mayor de edad, divorciada, con cédula de identidad No. V-4.632.487, de éste domicilio y civilmente hábil, actuando bajo sus propios derechos y en representación del ciudadano AGUSTÍN EUSTACIO RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolano, divorciado, mayor de edad, con cédula de identidad No.V-4.633.805, según poder Especial firmado y otorgado por ante la Notaría Pública Tercera de San Cristóbal, Estado Táchira, anotado bajo el No. 26, tomo 104, de fecha 03 de abril de 2013 y posteriormente inscrito en el Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, inserto bajo el .....