Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, los declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos FELIX HUMBERTO VELASCO GARCIA y AURA YOLIMAR DELGADO VERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-9.243.083 y N° 9.244.834, de este domicilio, y civilmente hábil su derecho de propiedad y posesión, sobre un lote de terreno ubicado en Toico, Palo Gordo, calle El Arbol, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son las siguientes NORTE: calle El Árbol, mide 7 metros SUR: propiedad de Carlos Galavis intermedio caño de agua, mide 7 metros ESTE: propiedad de jairo Edecio Hernández Pérez, corresponde al lote N° 2, mide 41,50 metros y OESTE: propiedad de Jesús María Niño Quiroz, mide 41,50 metros y las bienhechurías construidas sobre el terreno antes mencionado, consistentes en una casa para habitación de dos plantas, cuyas características son las siguientes: pla.....