DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por éste por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el Ciudadano WILSON YOVANY SANTANDER GARCÍA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 13.891.525, contra la Sociedad Mercantil INDUSTRIA METAL MECÁNICA ANDINA, C.A, representada por el Ciudadano WILLIAM DE JESÚS PÁEZ FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 13.021.948, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 6.340,44)