PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana MARÍA DE JESÚS NARIÑO LUNA, madre de la niña (Se omite el nombre), contra el ciudadano EMIRTENIN CONTRERAS, ambas partes ya suficientemente identificadas en esta decisión. SEGUNDO: Se ajusta la Obligación Alimentaria que el ciudadano EMIRTENIN CONTRERAS, ya identificado, debe depositar a favor de su hija, la niña (Se omite el nombre), en la cantidad de Ciento Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Treinta y Siete Bolívares (Bs.184.437,oo) y adicionalmente una cuota especial en los meses de septiembre y diciembre de cada año por la cantidad de Ciento Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Treinta y Siete Bolívares (Bs.184.437,oo), para gastos escolares y de navidad, depositados los primeros cinco (05) días de cada mes, en la cuenta de ahorros de Banfoandes que se ordena aperturar una vez quede firme la presente decisión. Cúmplase. TERCERO: Los gastos por medicinas y tratamientos mé.....