Por todos los fundamentos de hecho, de derecho, Jurisprudenciales y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención de La Instancia en el presente juicio, en el cual, la ciudadana ADALGISA QUINTANA GOMEZ, quien actúa en nombre y representación de su hija, la niña (se omite el nombre por disposición de Ley) Demanda por Fijación de la Obligación de Manutención, al ciudadano JOHAN ANTONIO TORRES MOLINA, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Extinguido el Proceso Judicial.
TERCERO: Notifíquese mediante boleta a la Parte Accionante, así como a la representación de la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público en el estado Táchira. Líbrese las respectivas boletas. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
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