Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, concede fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número 5 (familia) de Tarragona de la República de España, el 14 de mayo de 2010, mediante la cual se decretó el DIVORCIO del matrimonio canónico contraído entre los ciudadanos MARÍA VICTORIA BOADA ARAGONES y ENZO JESÚS ZAPPAROLI, el día 15 de junio de 2002, en Mont – Roig del Camp, República de España.
Publíquese, regístrese y déjese copia fotostática certificada de la misma para el archivo del tribunal y en su oportunidad legal, archívese el expediente.