Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: JOSE FELIX RAMIREZ RAMIREZ y MYRIAM JOSEFA SOTO DE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.891.637 y V-9.245.338, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide:
PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: JOSE FELIX RAMIREZ RAMIREZ y MYRIAM JOSEFA SOTO DE RAMIREZ, en fecha 04 de Septiembre de 1.968, por ante la Prefectura del Municipio San Antonio de Caparo, Distrito Uribante del Estado Táchira. Y ASÍ SE DECLARA.
SEGUNDO: En cuanto a bienes, este Tribunal no hace ningún pronu.....