SENTENCIA
así: El Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en uso constitucional de la Potestad de Administrar Justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, conforme al artículo 253 de la Constitución, impartiéndola EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO:
Declarar PARCIALMENTE con lugar la demanda de Desalojo intentada por RODOLFO DE JESUS CAMARGO VARELA en contra de JOSE AMERICO MARIÑO, quien deberá entregar el inmueble arrendado por falta de pago ubicado en la segunda planta de un inmueble, un local y una habitación en la primera platabanda, ubicada en la Calle 5, con Carrera 11, No. 4-70 de esta ciudad de Colón, en buen estado físico y de sus instalaciones.-
SEGUNDO:
Se ordena al demandado JOSE AMERICO MARIÑO pagar al demandante, los cánones vencidos desde junio del 2007 hasta el mes de Agosto de 2010, y que asciende a la suma de ONCE MIL SETECIENTOS.....