esta Jueza Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana NOELIA CARRERO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.890.220, para que en nombre y representación de sus hijos: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA)
, para que tramite y gestione por ante LA EMPRESA MAPFRE LA SEGURIDAD, la Póliza dorada de accidentes N° 400071950648 y/o cualquier organismo Público, Privado, los derechos que le correspondan por la muerte de su Progenitor, el ciudadano ERICK ENRIQUE VALVUENA JAIMES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V¿ 14.042.433. Es de advertir que lo que corresponda a los prenombrados niños debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN D.....