Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Y EN ATENCION AL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de revisión de Obligación de Manutención, (AUMENTO) formulado por la Ciudadana: LENNYS ARLING CASANOVA en contra del Ciudadano: MARIO ANTONIO MATHEUS VILORIA, en beneficio de: (omissis).
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento la cantidad este Tribunal acuerda fijar la obligación de manutención en la cantidad de SETENTA BOLIVARES (Bs. 70,00) fuera de los DOSCIENTOS BOLVIARES (Bs. 200,00) que tenia fijados, para un total de DOSCIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs. 270,00), igualmente las cuotas extraordinarias para los meses de Agosto y Diciembre que estaban fijadas en la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00), se aumentan en la cantidad de SETENTA BOL.....