EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha veinte (20) de septiembre de 2010, por la parte demandada, ciudadana Gloria Inés Rivillas Carvajal, asistida de abogado, contra la decisión de fecha treinta (30) de julio de 2010 dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha treinta (30) de julio de 2010 dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, que declaró: "PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentó el ciudadano RAFAEL AUGUSTO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.622.105, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado.....