Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el derecho del abogado FELIPE ORESTERES CHACON MEDINA, titular de la cédula de identidad N° V-5.652.544, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.439, a percibir honorarios provenientes de las actuaciones judiciales constantes en los expedientes judiciales que fueron acompañados en autos.
SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de estimación e intimación de honorarios judiciales peticionados en la presente causa por el abogado FELIPE ORESTERES CHACON MEDINA, titular de la cédula de identidad N° V-5.652.544, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.439.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del fallo.
CUARTO: Por cuanto la presente decisión se dictó y publicó dentro del .....