PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por la ciudadana CARMEN CECILIA SILVA DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.322.954 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; contra el ciudadano LUIS EDUARDO USECHE MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.174.783 y con domicilio en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL OFRECIMIENTO realizado por el ciudadano LUIS EDUARDO USECHE MORENO, ya identificado, en relación con el monto mensual de la obligación alimentaria.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario a partir del presente mes de Noviembre, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar se fija una cuot.....