Por los razonamientos expuestos este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara inadmisible el recurso de casación propuesto el día 2 de diciembre de 2005 por el coapoderado judicial de la parte codemandada, ciudadana Martha Patricia Carrascal de Loschi, contra la decisión dictada por este Juzgado Superior en fecha 15 de noviembre de 2005.